Tratar datos tiene riesgos. Por riesgos se entiende el tratamiento inadecuado de datos que puede provocar daños y perjuicios físicos, materiales o inmateriales puede privar los intereasdos de derecho y libertades, y les puede impedir ejercer el control sobre los propios datos. Eso se puede agravar cuando afecta categorías especiales de datos, a tratamientos que permitan la evaluación de personas, que afecten a personas vulnerables o que impliquen una gran cantidad de datos y afecten a muchas personas.
El análisis de riesgos es una tarea central y continuada en la protección de datos a partir de la aplicación del RGPD. Por tanto hace falta, con perfecto conocimiento de los tratamientos que se realizaran, de las categorías de datos que se tratan y de la tecnología que se utiliza, analizar y evaluar los riesgos por los derechos y libertades de las personas afectadas y, especialmente dentro de estos, los riesgos por la seguridad de los datos.
A pesar de que hay guías para llevar a cabo esta tarea (enlace a la guía para el análisis de riesgos de la Agencia Española de Protección de Datos) el punto de partida se tiene que basar en los materiales de que se dispone como son el RAT, el registro de incidencias, los informes de auditoría o las consultas realizadas los Códigos Tipo. La tarea tiene que documentar y ser objeto de revisión continuada.
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